La aprobación inicial de la nueva “Ordenanza
de Circulación y Seguridad Vial de Peatones y Ciclistas” ha recibido este
jueves el visto bueno de todos los grupos políticos con representación
municipal en la Comisión Informativa de Seguridad Ciudadana. De esta manera,
comenzará el trámite de información pública, con 30 días a partir de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) en los próximos días
Esta ordenanza pretende “favorecer la
convivencia y la seguridad vial entre los diferentes elementos del
tráfico, estableciendo una regulación concreta y detallada de la circulación de
los peatones, las bicicletas y otros elementos q pueden ser de difícil encaje
dentro de la estructura de movilidad deseable para la ciudad de León, como
pueden ser los monopatines, los patinetes, los “segways”...
Además tienen presente los nuevos
medios de transporte (conocidos como Vehículos de Movilidad Personal) q, x sus
distintos usos, la energía utilizada para su movimiento y la ausencia de normativa
específica, necesitan q los ayuntamientos impongan un cuadro normativo
Una ordenanza q hace especial hincapié
en el tránsito peatonal, las zonas de prioridad peatonal y el tránsito con
patines, monopatines y vehículos de movilidad personal, resaltando la prioridad
de éstos en la circulación urbana y recopilando las normas sobre limitaciones a
la circulación en zonas peatonalizadas y, en especial, en el Casco Histórico
Las bicicletas sólo podrán circular x
aceras, parques, jardines o zonas peatonales siempre q tengan bandas
señalizadas, debiendo realizarse dentro de las mismas, manteniendo una
velocidad máxima de 10 Km/h y respetando en la prioridad de paso de los
peatones
Las bicicletas también
cobran especial relevancia en esta nueva ordenanza, entendido como un medio
transporte preferente, x sus cualidades sostenibles, saludables y sociales y x
mejoran cuantitativa y cualitativamente el ambiente urbano. De esta forma, se
regula la circulación de bicicletas en calzada, en las vías específicas para
ciclistas y en las zonas de prioridad peatonal ante el auge de su uso y los
potenciales conflictos q pueda generar
Conscientes de q las aceras y espacios
peatonales no son lugares para la circulación de vehículos, esta regulación
busca compatibilizar la promoción de la bicicleta y otros elementos de
movilidad personal como alternativa de movilidad urbana con la
preservación de la calidad estancial, la defensa del espacio público en los
entorno urbanos y la protección de la movilidad peatonal; regula la
circulación, parada y estacionamiento sobre áreas peatonales y vías ciclistas.
Además, establece la obligación de obtener permiso para ocupar
puntualmente o excepcionalmente las zonas de uso exclusivo peatonal y/o
ciclista
las bicicletas podrán ser amarradas a
elementos del mobiliario urbano siempre q con ello no se cause ningún tipo de
daño, no se vea alterada la función del mobiliario, ni se entorpezca el
tránsito de peatones o vehículos
La circulación en bicicleta x
espacios con prioridad peatonal, en todo caso, estará condicionada a q no ponga
en riesgo la calidad estancial del espacio público ni el tránsito peatonal. De
hecho, está previsto q en determinadas calles y horarios, atendiendo a
criterios de seguridad y compatibilidad con otros usos, se prohíba la circulación
en bicicleta x espacios con prioridad peatonal, exceptuando la de los elementos
conducidos x personas con discapacidad o x personas menores de 12 años
acompañados de un adulto a pie
Se desarrolla la ordenanza para q en
determinadas calles señalizadas como zona 30 las bicicletas puedan
circular a contramano. Esto mejorará la permeabilidad de la ciudad para la
bicicleta y x tanto ofrecerá una ventaja competitiva a la bicicleta, q asume en
tal caso la consideración de vehículos preferente, frente a otros vehículos
Ordenanza q incluye el régimen
sancionador, q tiene como finalidad mejorar la convivencia entre los distintos
modos de circulación, para lo q se podrán desarrollar medidas reeducadoras con
la educación vial y la movilidad urbana sostenible como fines. X lo tanto las
sanciones económicas se ejecutarán como último recurso para educar a la persona
infractora
El Ayuntamiento creará un Registro de
Bicicletas, de inscripción voluntaria, con la finalidad de evitar los robos o
extravíos de las mismas y facilitar su localización
Esta ordenanza supone una acción
fundamental dentro del Plan Integral de Movilidad Urbana Sostenible de la
ciudad de León, aprobado en junio de 2014, para mejorar la accesibilidad y
movilidad de las personas y mercancías, potenciando sistemas de transporte más
respetuosos con el entorno. Así lo recoge esta ordenanza, q reconoce q los
desplazamientos a pie y en bicicleta son modos de transporte ecológicos,
eficientes, sostenibles y especialmente adecuados para León y q, x lo tanto,
merecen tener una protección y consideración especiales para fomentar su
uso